Rebaja Impuesto Territorial


En enero de 2006 entró en vigencia el reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de todo el país, según lo establecen las leyes 17.235, 20.002 y 20.033. Para hacer efectivo dicho proceso y en cumplimiento de sus responsabilidades legales, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha determinado los nuevos avalúos fiscales de estos bienes, realizando para ello un trabajo técnico de tasación durante los meses previos a su aplicación.

Los avalúos fiscales de los bienes raíces constituyen la base imponible sobre la cual se aplican la tasa y el monto exento para la determinación del Impuesto Territorial (comúnmente denominado contribuciones de bienes raíces), parámetros que, para el reavalúo, se fijaron según el procedimiento establecido por ley. Para abordar las consultas que se generen acerca de los alcances y valores determinados en este proceso, ASINEM a traves de su departamanto de asesorias tributarias ha diseñado un sistema de reavaluo fiscal el cual se traduce en una devolución retroactiva lo cual significa que una vez reevaluada una propiedad, la Tesorería de la República hace devolución de los excedentes en los pagos anteriores, desde fecha en vigencia de la ley antes citada.

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